Alerta en las principales capitales del país por ley que acabará con las ciclorrutas y la ciclovía como las conocemos, legaliza la invasión de ciclomotores por estas vías y los exonera de Soat
- 1 sept 2025
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El Vicepresidente del Concejo de Bogotá, Juan David Quintero, alerta que el Proyecto de Ley 111 de 2023 Senado y 219 de 2024 Cámara, impulsado por el Senador Julio Elías Vidal, representa un grave retroceso para la movilidad segura en Colombia.
De ser sancionado, este proyecto significa el fin de la ciclovía y ciclorrutas tal como hoy las conocemos: legaliza la circulación de ciclomotores potentes y veloces en estos espacios exclusivos para bicicletas, y además los exonera del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), incrementando de forma alarmante el riesgo vial.
”Hoy, el Código de Tránsito establece que las ciclorrutas son de uso exclusivo para bicicletas. A su vez, la Resolución 160 de 2017 del Ministerio de Transporte clasifica los ciclomotores eléctricos como vehículos motorizados que deben portar matrícula, licencia y SOAT, y prohíbe expresamente su circulación por ciclorrutas”, sostuvo el concejal.
Sin embargo, el proyecto en cuestión contiene disposiciones que ponen en jaque esta normativa y abren la puerta a la circulación legal e indiscriminada de vehículos de mayor potencia en espacios diseñados exclusivamente para bicicletas:
Artículo 2: incluye a los ciclomotores eléctricos dentro de la definición de “vehículos eléctricos livianos”, autorizando su circulación por la ciclo-infraestructura si no superan los 1000W.
Artículo 3, numeral 7: permite que circulen por ciclorrutas a velocidades de hasta 25 km/h y hasta 40 km/h en otras vías.
Artículo 15: elimina la obligación de matrícula, licencia y SOAT para vehículos de hasta 1000W o que no superen 60kg, o incluso de mayor peso si no superan los 40 km/h.
Estas disposiciones plantean serios interrogantes de acuerdo con Quintero:
¿Cómo se garantizará el cumplimiento del límite de 25 km/h en las ciclorrutas, si el mismo proyecto contempla que podrían llegar hasta 40 km/h? ¿Cámaras de foto comparendos y radares en las ciclorrutas? ¿Cómo obligar a los importadores y vendedores de vehículos a limitar estas velocidades y potencia?
¿Cómo identificar a un vehículo involucrado en un accidente si no tienen matrícula?
¿Quién responderá por los daños a terceros que se generen con estos vehículos potentes y veloces, si no cuentan con SOAT?
El proyecto fue aprobado en último debate con proposiciones incluidas a último minuto, sin el debido análisis técnico ni el consenso de las autoridades de tránsito y movilidad que venían participando activamente en el trámite legislativo. Esta forma de legislar improvisada y poco transparente atenta contra la calidad normativa del país y debilita la credibilidad institucional.
”Por estas razones, hacemos un llamado respetuoso pero enfático al Presidente de la República para que objete este Proyecto de Ley en defensa de la seguridad vial. Colombia sí necesita una regulación integral para los vehículos eléctricos livianos, pero esta debe construirse con criterios técnicos, evidencia y participación ciudadana”, concluyó el concejal.
Andrés Prieto - 3194382988
Jefe de prensa - Juan David Quintero









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